Imagen de referencia.
Imagen de referencia.
Foto
EFE.

Share:

Regulación de criptomonedas en Colombia, a punto de convertirse en ley

La operación legal de las criptomonedas en el país evitará “plataformas de garaje”.

Colombia dio un paso de importancia hacia la creación de un marco especial sobre una norma específica para proveedores de los servicios de criptomonedas.

Para el efecto el Congreso envió a tercer trámite la iniciativa en tal sentido propuesta por el senador de Alianza Verde, Gustavo Moreno.

En la práctica, este proyecto “permitirá que puedan operar de manera legal las criptomonedas en Colombia, para así evitar que tengamos plataformas de garaje que afecten al consumidor. Teniendo una regulación fuerte, vamos a protegernos e impedir la ilegalidad”, dijo Julián López, otro de los impulsores de la propuesta.

El proyecto, que está a un paso de ser ley, parte de la base de dos principios fundamentales. 

Uno, crea un mecanismo de protección al consumidor y dos, brinda una serie de reglas para las plataformas digitales.

El documento define qué son los activos virtuales, similar a lo adoptado en la Ley Fintech en Chile. “Es toda representación digital de valor o derecho que se puede crear, diseñar, comercializar o transferir digitalmente y se puede utilizar para pagos o inversiones”, señal el texto.

La norma deja claro que estos activos no son considerados moneda de curso legal, salvo que así lo disponga el Banco Central, y que las transacciones con estos mecanismos son irreversibles.

En consecuencia, las pérdidas derivadas a sus operaciones no son recuperables.

Además, reconoce a los proveedores de estos servicios con base en una serie de criterios prácticos y crea un registro único para los oferentes, que será administrado por las cámaras de comercio.

Un cuarto elemento tiene que ver con las autonomía de los proveedores para negociar las criptomonedas, pues la normativa plantea que “el funcionamiento de los distintos activos, sus reglas, precios y demás aspectos propios no son parte del alcance y objetivos de la presente ley, y pertenecen al ámbito privado de los usuarios que, basándose en principios de libre mercado y competencia, deben procurar informarse de los riesgos inherentes a la negociación con activos de cualquier clase”.

Pero, así como hay reconocimiento, la norma también plantea una serie de deberes y obligaciones para los oferentes de las divisas digitales: deben estar debidamente constituidos como una sociedad nacional o extranjera, adoptar medidas de control orientadas a evitar que sus operaciones sean utilizadas para fines delictivos, comunicar a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) lo que pueda ser de interés para el organismo, y contar con políticas que permitan dar cumplimiento a las normas de protección de los consumidores y a la de datos personales.

Se les estipula, además, contar con una auditoría anual que permita verificar la funcionalidad y operatividad de los servicios de custodia de los activos de sus clientes y, entre otros elementos, la divulgación de información sobre riesgos.

La lectura general de la industria de criptomonedas es positiva, aunque desde el mundo académico persisten dudas respecto de su aplicación práctica, considerando, por ejemplo, la volatilidad en este tipo de activos.

 

Más sobre este tema: